Categorización de los conflictos vecinales y la improcedencia de invocar autorizaciones administrativas y la observancia de leyes y reglamentos como justificación suficiente para vulnerar derechos de terceros. Comentario a la sentencia de la Corte Suprema
DOI:
https://doi.org/10.4067/S0718-34372019000100287Palabras clave:
Relaciones de vecindad, Ataque directo a la propiedad, Límites de la propiedad en interés privado, Distinción entre ley y derecho ajeno como restricciones independientes al ejercicio de la propiedadResumen
Recientemente la Corte Suprema se ha pronunciado sobre un conflicto de vecindad cuyo origen fue el emplazamiento de un colector de aguas lluvias que conducía y descargaba artificialmente el torrente en una propiedad vecina. Esta sentencia sirve para abor- dar las relaciones de vecindad como los límites de la propiedad en interés privado, distinguir entre los ataques directos e indirectos a la propiedad, y en particular, destacar que las autori- zaciones administrativas y la observancia de leyes y reglamentos no son patente de corso para vulnerar derechos ajenos.