El lucro en las personas jurídicas: comentario a la Sentencia de la Excelentísima Corte Suprema, en los autos caratulados: Fundación Solidaridad con Servicios de Impuestos Internos, Rol Nº 991-2015

Autores/as

  • Eduardo Iribarra Sobarzo Universidad de los Andes

DOI:

https://doi.org/10.4067/S0718-34372017000100016

Palabras clave:

Lucro, Fundación, Corporación, Tasación, Persona jurídica

Resumen

Este artículo analiza el actual concepto de lucro en las personas jurídicas por la Excelentísima Corte Suprema, específicamente, en una fundación de derecho público. Critica su razonamiento, a partir de la norma de tasación del artículo 35 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, de que la ganancia obtenida por esta entidad en virtud del desarrollo de una actividad económica, no constituye lucro, en atención a que tales recursos se destinan exclusivamente a sus propios fines benéficos.

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Biografía del autor/a

Eduardo Iribarra Sobarzo, Universidad de los Andes

Abogado, magíster en tributación Universidad de Chile, doctorado en Derecho Universidad de los Andes, Chile. Dirección postal: Monseñor Álvaro del Portillo No 12455, Las Condes, Región Metropolitana , Chile. Dirección electrónica: eiribarrasobarzo@gmail.com

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Publicado

2019-11-15

Cómo citar

Iribarra Sobarzo, E. (2019). El lucro en las personas jurídicas: comentario a la Sentencia de la Excelentísima Corte Suprema, en los autos caratulados: Fundación Solidaridad con Servicios de Impuestos Internos, Rol Nº 991-2015. Revista Chilena De Derecho, 44(1), 305–316. https://doi.org/10.4067/S0718-34372017000100016

Número

Sección

Comentarios de Jurisprudencia