El lucro en las personas jurídicas: comentario a la Sentencia de la Excelentísima Corte Suprema, en los autos caratulados: Fundación Solidaridad con Servicios de Impuestos Internos, Rol Nº 991-2015
DOI:
https://doi.org/10.4067/S0718-34372017000100016Palabras clave:
Lucro, Fundación, Corporación, Tasación, Persona jurídicaResumen
Este artículo analiza el actual concepto de lucro en las personas jurídicas por la Excelentísima Corte Suprema, específicamente, en una fundación de derecho público. Critica su razonamiento, a partir de la norma de tasación del artículo 35 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, de que la ganancia obtenida por esta entidad en virtud del desarrollo de una actividad económica, no constituye lucro, en atención a que tales recursos se destinan exclusivamente a sus propios fines benéficos.