La lex societatis en el derecho internacional privado chileno
DOI:
https://doi.org/10.7764/R.492.6Palabras clave:
Derecho Internacional Privado societario chileno, lex societatis, ley aplicable a las sociedadesResumen
La actuación internacional de las sociedades hace relevante identificar la ley que las rige. Esta lex societatis es determinada por las normas de Derecho Internacional Privado de cada país. Chile carece de ellas, pero reconoce la existencia y plena capacidad de las sociedades constituidas en el extranjero. La interpretación extensiva de nuestras normas sustantivas permite concluir que las sociedades se someten a la ley del Estado de su constitución, limitada por las normas imperativas y el orden público chilenos. Esta ley regula la constitución de la sociedad, su estructura legal, su actuación interna y su actuación externa respecto de socios y terceros. Chile necesita normas de conflicto sobre sociedades que den certeza jurídica respecto de la ley que gobierna su actuación internacional.
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