La identidad del pago y de la cosa debida en el Derecho de Contratos: por una correcta comprensión del artículo 1569 del Código Civil
DOI:
https://doi.org/10.7764/R.501.7Palabras clave:
pago, identidad del pago, identidad de la cosa debida, cumplimiento e incumplimiento de contratoResumen
Este trabajo tiene por objeto demostrar que el artículo 1569 del Código Civilconsagra dos reglas diversas, aunque estrechamente relacionadas: la identidad del pago y laidentidad de la cosa debida. Para alcanzar dicho objeto se desarrollan tres ideas en particular.Primero, que ordinariamente, tanto en la doctrina como en la jurisprudencia, se confunde laidentidad del pago con la identidad de la cosa debida. En segundo lugar, que ambas reglasson diversas: la identidad del pago implica necesariamente un cumplimiento o pago perfecto,mientras que la identidad del objeto debido no necesariamente. En fin, en tercer lugar, seexplica cómo estas ideas se plasman en el artículo 1569 del Código Civil y cómo la referidanorma se incardina con el derecho de los contratos, especialmente con la disciplina del incumplimiento.
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