Falsedad documental como delito de engaño

Autores/as

  • Luis Emilio Rojas Aguirre

Palabras clave:

Falsedad documental, concepto de documento, injusto del delito.

Resumen

Como los tipos contemplados en los artículos 193, 194 y 197 del Código penal
resultan aplicables cuando la falsedad recae en un documento público o en uno privado, la
doctrina tradicional analiza directamente el concepto de documento público y de documento
pri vado. Al proceder de este modo, soslaya que los tipos de falsedad comparten una misma
forma de descripción de la conducta prohibida, con la frase “cometer falsedad en un docu-
mento”. El presente trabajo intenta solamente esclarecer el signifi cado de esta frase me diante
la pregunta ¿qué signifi ca cometer falsedad en un documento? No es po sible respon der a esta
pregunta sin aproximarse al concepto de documento, el cual cons tituye entonces objeto prin-
cipal de las siguientes refl exiones. La doctrina del delito de fal sedad documental se torna así
en una dogmática del documento, a la cual se pretende contribuir desde una perspectiva fun-
cionalista, esto es, que analiza el concepto de documento a partir del escla recimiento previo
de la función que este cumple en el tráfi co jurídico.

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Publicado

2024-05-12

Cómo citar

Luis Emilio Rojas Aguirre. (2024). Falsedad documental como delito de engaño. Revista Chilena De Derecho, 41(2), 523–554. Recuperado a partir de https://teologiayvida.uc.cl/index.php/Rchd/article/view/71365

Número

Sección

Estudios