Artículo 2329 del Código Civil. La interpretación de presunción por hechos propios existe en la jurisprudencia

Autores/as

  • Carolina Schiele
  • Josefina Tocornal

Palabras clave:

presunción, culpa, hechos propios, responsabilidad civil

Resumen

La jurisprudencia chilena generalmente interpreta el artículo 2329 del Códi-
go Civil como una confirmación de la regla del artículo 2314 del mismo cuerpo legal, en
virtud de la cual se le exige a la víctima probar la culpa en materia de responsabilidad
extracontractual. Sin embargo, existe una línea jurisprudencial que reconoce en esta dis-
posición una fuente normativa autónoma en base a la doctrina sostenida por Alessandri
que posibilita la presunción de culpa y de relación causal por hechos propios.

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Publicado

2024-05-12

Cómo citar

Carolina Schiele, & Josefina Tocornal. (2024). Artículo 2329 del Código Civil. La interpretación de presunción por hechos propios existe en la jurisprudencia. Revista Chilena De Derecho, 37(1), 123–139. Recuperado a partir de https://teologiayvida.uc.cl/index.php/Rchd/article/view/72209

Número

Sección

Estudios